Algunos comentarios a la iniciativa sobre teletrabajo. Parte 3.
El nuevo artículo 330-D establece lo siguiente: Las obligaciones y responsabilidades del empleador y del teletrabajador sobre salud, seguridad y previsión de riesgos profesionales por las actividades a desarrollar fuera del lugar de trabajo utilizando tecnologías de la información y comunicación serán presenciales en una norma oficial mexicana, la cual, debe considerar los derechos del trabajador, como el garantizar el respeto a su intimidad y… Leer más »Algunos comentarios a la iniciativa sobre teletrabajo. Parte 3.