La visión optimista.
En el texto anterior referí que tanto los intereses de los abogados como los centros de conciliación podrían ser los principales obstáculos para que la conciliación prejudicial prospere. Retomo ahora esos dos aspectos pero esta vez bajo una visión más benigna.
1. La adaptación de los abogados. La dinámica procesal va a cambiar. Ahora, junto a la demanda hay que preparar las pruebas, por lo que hay que echar “toda la carne al asador” desde un primer momento y afilar la estrategia lo más posible a fin de tratar de fortalecer los reclamos aun sin saber lo que el patrón pueda contestar. Esto implica una exigencia inicial mayor. Otra exigencia lo será el desahogo de la audiencia de juicio, pues a diferencia de lo que ocurría antes ya será inviable salir airoso del desahogo de pruebas enviando a algún pasante a presentar posiciones o a cotorrear con el Actuario en la inspección. Debido a que el juez presidirá y conducirá el desahogo de las pruebas, será necesario que el abogado responsable del juicio esté presente en las audiencias, y tampoco podrá ya estar coordinando varias audiencias por celular.
Estas y otras dinámicas harán que la planeación de los juicios y la organización de los despachos cambie. Esta situación, a su vez, tendría que ocasionar que los despachos especializados en defender trabajadores (y que suelen patrocinar la mayor parte de los juicios) reconsideren sus planteamientos y determinen con mayor minucia qué juicios les conviene seguir y qué otros les conviene conciliar. Si antes el esquema les permitía litigar todos más o menos de la misma manera y esperar ganar los más posibles para así incrementar sus probables ingresos, hoy tendrán que realizar una evaluación más detallada de sus asuntos para así elegir aquellos en los que puedan obtener mejores resultados a partir de un tiempo que será más escaso para ellos. Quizá, tarde o temprano, concluyan que es mejor arreglar pronto algunos asuntos y así sacar algunos gastos mínimos, y enfocar estudios y tiempo a otro tipo de asuntos.
2. Los órganos de conciliación. El solo hecho de que los conciliadores tengan tiempo y espacio suficiente para escuchar a las partes representa una mejora significativa con respecto a esquema actual, en donde muchas veces las pláticas (si las había) se realizaban de forma atropellada y no en las condiciones idóneas.
Por otro lado, de empezar a verse resultados positivos en estas conciliaciones, podría crearse un círculo virtuoso en donde los funcionarios vayan reuniendo sagacidad y “colmillo” para apretar las tuercas convenientes de la mejor manera. Muchas veces, el conflicto pasa por cuestiones extra económicas y para detectar esas circunstancias y ponerlas sobre la mesa se requiere sensibilidad y experiencia, algo que solo puede afianzarse con la repetición y el tiempo.
Desde un punto de vista normativo, las consecuencias de ignorar el esfuerzo conciliatorio (archivar el expediente y por ello no expedir la constancia de agotamiento de la etapa -lo que a su vez impediría la posibilidad de presentar la demanda ante el juzgador- en el caso de la parte trabajadora o multar al patrón) deben ser también una palanca importante que permita aumentar las posibilidades de que las partes se tomen en serio este medio alternativo de solución al conflicto.
[Publicado originalmente el 01 de julio de 2020 aquí]