La decisión de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de CDMX para prerregistrar las demandas.

El 26 de mayo, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México hizo público un acuerdo mediante el cual determinó ampliar la suspensión de sus actividades hasta el 15 de junio. Lo más relevante, sin embargo, es que en ese mismo acuerdo se prevé la posibilidad de recibir demandas por vía electrónica. Aunque el propio Acuerdo anuncia que se publicará posteriormente un Manual de Usuario para detallar cómo sería este procedimiento, algunos puntos del Acuerdo llaman la atención:

a) La medida de recepción de demandas de manera remota se pretende implementar para “evitar la saturación en el primer día hábil de este tribunal”. Esta intención es preocupante en la medida en que las “saturaciones” en las Junta son cotidianas (muchos abogados se refieren despectivamente a las Juntas como un “mercado” precisamente por las aglomeraciones que se viven día a día). Ante esta situación, es indispensable entonces pensar en múltiples medidas para “desaturar” las Juntas, no solo pensando en el “primer día hábil” sino para todos los meses o años que les queda de existencia hasta en tanto haya una vacuna o medicamento eficaz contra el coronavirus.

image

b) Del texto del acuerdo se infiere que el sistema no hace uso de una firma electrónica avanzada, lo cual es entendible ya que seguramente (i) ni se tiene la capacidad informática para implementar semejante sistema en este momento, ni (ii) tampoco los usuarios cuentan o están familiarizados con este tipo de firmas.

c) Se desprende que el sistema anunciado se trata de un prerregistro en donde la Junta recibe la demanda y en general los datos que en ella se contienen para así poder examinarla, registrarla y en general preparar lo necesario para su posterior trámite. Esto puede permitir avances importantes en tales registros, pero este esquema no parece contribuir mucho a evitar aglomeraciones. Si los promoventes deben luego presentar la demanda y anexos (carta poder, copias de traslado) en físico y si esa presentación no se hace antes de la apertura de la Junta, la medida sería poco útil para eludir el hacinamiento.

d) De acuerdo a las propias estadísticas de la Junta Local de la Ciudad de México, entre noviembre de 2019 y enero de 2020 las Juntas Especiales recibieron 8,056 demandas (2,934 en noviembre; 1,529 en diciembre, y 3,593 en enero). Por ello, sería esperable que al menos unas 10 mil demandas (si no es que muchas más, debido a que decenas de miles de empleos se han perdido durante la pandemia solo en la ciudad de México) fueran presentadas. En este sentido, prerregistrarlas puede ser una gran ayuda, pero subsiste el problema de presentar y recibir en físico 10 mil demandas. Quizá luego del prerregistro la Junta deba destinar varios días (sin audiencias) solo para recibir los papeles ya prerregistrados, al mismo tiempo que debería utilizar más personal y equipos para ese efecto (es decir, no solo lo que se encuentra en oficialía de partes).

image

e) El elevado número de demandas a esperar hace que la experiencia de la Ciudad de México resulte especialmente valiosa. Tanto las Juntas como los tribunales laborales que en los próximos meses y años entrarán en funciones deberían estar atentos a esa experiencia a fin de retomar sus puntos positivos y evitar sus fallas. Ante esta inédita situación, todos estamos aprendiendo sobre la marcha.

[Publicado originalmente el 28 de mayo de 2020 aquí]

Etiquetas:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *