La Unión Europea nunca ha estado exenta de problemas y tensiones. En numerosas ocasiones se ha hablado de que avanza a “dos velocidades”: por un lado, los países líderes (como Alemania o Francia) o con estados de bienestar más consolidados (como Dinamarca, Suecia o Finlandia) y por otro países con más problemas económicos o sociales (como Grecia y los países de Europa del Este que se integraron al final).
En el nuevo sistema de justicia laboral, parece claro que habrá también “dos velocidades”: la de la justicia federal y la de la justicia local. En estos textos hablaré un poco de ello, empezando por el caso de los centros de conciliación y enfocado solo (al menos en este par de textos) en los modos de operar digitalmente el nuevo sistema.
El Centro Federal de Conciliación
Este Centro, con auxilio de la Secretaría del Trabajo y el Banco Interamericano de Desarrollo, desarrolló una plataforma digital propia al que nombró SINACOL o Sistema Nacional de Conciliación Laboral. Este sistema, para empezar, tuvo como líder de proyecto a la doctora Joyce Sadka, una experta en justicia laboral que lleva varios lustros investigando y conociendo de primera mano los problema de la aplicación del derecho laboral. ¿Por qué es relevante mencionar estos datos? Porque a diferencia de muchos proyectos gubernamentales hechos al aventón (coff, coff, tren maya) o pensados como excusa para jinetear dinero público (coff coff torre bicentenario o caso agronitrogenados entre miles de otros), este proyecto en especial está encabezado por alguien que sí conoce aquello en lo que opera y cuenta con aliados de prestigio internacional.
Quizá la “joya de la corona” de este nuevo sistema sea el que puede llevarse a cabo toda la instancia conciliatoria de forma remota. Cierto, la pandemia impulsó fuertemente la aceleración de esta posibilidad, pero no hay que olvidar que lo mismo podría decirse para cualquier actividad gubernamental y en casi todos los servicios públicos se ha invertido muy poco en fortalecer los trámites digitales de forma eficaz.
Al día de hoy, es posible (a elección de las propias personas trabajadoras o de sus asesores) desahogar de forma remota toda la instancia conciliatoria en los veintiún centros de conciliación federales que operan en igual número de entidades federativas. Esta opción no solo es utilísima en un contexto de distanciamiento social aparejado con la pandemia, sino que puede hasta facilitar el trabajo de quienes asesoramos a trabajadores y patrones. El personal ya está haciendo uso de la herramienta tecnológica y seguramente con la experiencia irán mejorando en su operación. Desde el punto de vista operativo, la plataforma parece ser una buena base para tratar de hacer bien las cosas.
En este sentido, comparto una experiencia personal. En uno de los nuevos centros, realicé la solicitud para citar a la instancia a 15 empresas (el actor era alto directivo de todas ellas). El sistema me expidió un documento a fin de que el trabajador videollamara para ratificar su solicitud. En un primer momento, un orientador del centro federal le “explicó” que solo podía citar a una empresa, y por ello así se inició la instancia, excluyendo a 14 empresas. Tras comunicarme directamente para explicar la situación concreta (y con ello particularidades que no solicita la plataforma), rápidamente se pudo retomar el procedimiento de la manera solicitada originalmente, no sin antes haber tenido que realizar el Centro ciertos ajustes a su sistema para abarcar todas las cuestiones concretas del caso, sobre todo por el elevado número de compañías citadas. Las empresas comparecieron y todo se pudo hacer de forma remota. La dificultad mayor consistió entonces en la intervención de un funcionario que buscaba más restringir el proceso que entenderlo para facilitar su trámite. La plataforma funcionó bien, de todos modos se le hicieron ajustes y hubo una disposición para hacer avanzar la instancia.
Los Centros Estatales de Conciliación.
En una de mis primeras visitas a un centro de conciliación estatal pude advertir que la interfaz del sistema que utilizaban era la misma que la del sistema federal. Lo que ocurre es que todos los centros están operando SINACOL, pero a pesar de que la plataforma es la misma, la experiencia no lo es. ¿Por qué?
Solo para explicarlo desde el punto de vista tecnológico, los problemas empiezan con la ausencia de equipos de cómputo adecuados: si no se cuenta con computadoras no tan viejas o con cámaras web, aunque la plataforma lo permita, no es posible desahogar conciliaciones remotas. Pasa también porque (por increíble que parezca) a veces las dependencias no cuentan con buenos servicios de internet, y por ello tampoco se pueden dar “el lujo” de sostener simultáneamente varias conciliaciones en línea. Para decirlo en pocas palabras: en varios centros estatales simplemente no tienen cómo hacer funcionar una buena plataforma debido a la falta de inversión adecuada.
Luego está una mezcla de desatención y recelo de parte de ciertos funcionarios que dan al traste con la utilidad de la plataforma. En un asunto local, un centro de conciliación (en donde se dio inicio a la relación laboral) declinó su competencia hacia otro (en donde ocurrió el despido). La ley ya obliga a los centros, cuando esto pasa, a remitir vía electrónica la solicitud de conciliación. Como no tenían ni correo electrónico, abrieron uno en gmail para hacerlo. Luego, tras varias llamadas y correos, el centro receptor aceptó competencia para tramitar el asunto y dieron facilidad para realizar el registro en línea de forma conjunta con el solicitante (a pesar de que podían hacerlo directamente a partir de la solicitud enviada por el centro que declinó). Al momento de casi finalizar el registro, el solicitante y yo nos dimos cuenta que tenían habilitada la posibilidad de tramitar la instancia de manera remota (al final es la misma plataforma que la del Centro Federal), pero eso pareció tomar por sorpresa a la funcionaria que nos atendía. Como sea, tras consultar con sus superiores accedieron a realizar todo de forma remota. El representante de la empresa, finalmente, se conectó a distancia. Luego de dos charlas, al no haber existido ningún arreglo, el conciliador nos dijo que ahora tendríamos que viajar a ese otro estado para recabar la constancias de no conciliación con firma y sello. Tras haberle explicado la viabilidad de poder concluir el trámite también a distancia, algo a regañadientes, pero expidió una constancia electrónica. Las dificultades no fueron de la plataforma en sí, sino de la resistencia a explotar sus ventajas.
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Lo explicado brevemente me parece suficiente para dar cuenta de que SINACOL es ya una plataforma adecuada para tramitar la instancia conciliatoria de buena manera. Como todo sistema informático, es perfectible y se va puliendo con el tiempo. Por ello, la desventaja que ahora enfrentan los centros estatales es contar con los equipos y conectividad adecuadas que les permitan hacer buen uso de la plataforma. Si ya es posible desahogar toda la instancia de forma remota, ¿por qué el centro de conciliación de Oaxaca no brinda esa facilidad para hacerlo, por ejemplo? Tener una oficina para todo ese estado (el quinto más grande del país) dificulta de sobremanera que las personas trabajadoras puedan trasladarse para acudir a sacar una cita y luego acudir a la audiencia. Ya hay una plataforma funcional y tampoco se requiere de una inversión millonaria para poder operarla y dar el servicio remoto.
Con todo esto lo que quiero decir es que para operar las instancias conciliatorias ya existe una plataforma útil y hecha a la medida. Si los centros estatales no la usan es porque no hay voluntad política para que ello ocurra. Y en esa medida nos ubicamos en el problema principal de nuestros sistemas de justicia: las personas que los operamos (pero ese tema ya excede del límite de esta entrada).
En el siguiente texto: la justicia laboral digital en los tribunales.