Otro de los desahogos de pruebas que van a sufrir modificaciones sustanciales en su práctica es la prueba pericial. Hasta antes de la reforma, cada parte podía presentar a su propio perito en las materias que deseara y la parte trabajadora podía solicitar siempre que la autoridad designara uno a su favor. En caso de que las conclusiones de los peritos fueran divergentes, la Junta debía nombrar a uno tercero a fin de zanjar la diferencia o, en todo caso, de contar con otra opinión que le permitiera contar con más elementos para tomar una decisión.
Pero más allá de esa generalidad, ¿qué pasa en la realidad? Veamos tres aspectos importantes en este sentido.
1. Dictámenes deficientes. Cuando llegué a litigar a la Ciudad de México en 2012, una de las sorpresas más grandes que me llevé fue el día en que un perito oficial (de la Junta Local) en materia de grafoscopía acudió a la diligencia a su cargo con un par de hojitas de generalidades sobre su materia, tomó el expediente, vio el cuestionario y empezó a dictar sus respuestas. Ningún estudio de por medio que las justificara, ningún comparativo ni análisis de gestos gráficos: solo su palabra salida de una aparente nada. Y digo aparente porque muchos peritos se encuentran cooptados por ciertos despachos o reciben línea de sus superiores. Muchas veces, el estudio minucioso brilla por su ausencia.
2. Escasez de expertos en ciertas materias. Otro problema se da con los peritos en materias no tradicionales. En Morelos, por ejemplo, conseguir un perito en materia de medicina de cualquier tipo suele ser un viacrucis porque ni la Junta tiene ni otras instituciones brindan el apoyo, argumentando muchas veces que sus propias condiciones de trabajo no prevén que su personal pueda dar el servicio. En el caso de expertos en informática forense, por ejemplo, a la fecha siguen escaseando y por ello el desahogo de estas pruebas pueden dilatarse por meses o hasta años.
3. Dictámenes sobre pedido. Otro vicio ya bien enraizado es que los peritos contratados siempre van a concluir algo que respalda los intereses de sus clientes. Por un lado, eso es entendible pues no les pagan para no velar por sus intereses, pero esa dinámica ocasiona que la prueba resulte ociosa: si un perito siempre va a ver las cosas de un modo que le favorezca a quien paga sus honorarios, su opinión no sirve de mucho.
Tratando de enfrentar estos problemas, la reforma optó por eliminar la posibilidad de que cada parte presente a su perito, y ahora los jueces son quienes deben “designar” al perito, quedando para las partes solo la facultad de hacerse asesorar por un/a experto/a “que los auxilie durante el desahogo de la prueba” (art. 824). Esta medida legislativa eliminará sin duda el problema apuntado en el numeral 3, pero generará otros desafíos:
a) ¿Qué pasará si el estudio es notoriamente deficiente (problema 1)? Si bien puede no ser fácil determinar lo anterior, los peritos que asesoren a las partes podrían ayudar al juzgador a mostrar que el dictamen es de mala calidad. Es cierto que la ley obliga ahora al juez a dar vista al “Ministerio Público” (aun se usa esa denominación) “cuando el dictamen rendido por un perito sea notoriamente falso, tendencioso o inexacto”, pero eso no resuelve el problema existente para la toma de decisión en el juicio laboral. ¿Podría o no un juez solicitar la rendición de otro dictamen? Yo creo que sí, pero esa es una laguna que habrá de discutirse pronto.
En este mismo sentido, será importante que los juzgadores lleven un registro o seguimiento de la calidad de los estudios realizados por los peritos, pues de lo contrario no podrá irse depurando a quienes no hagan bien su trabajo.
b) Por si sola, esta modificación en el modo de desahogar la prueba no va a remedir la escasez de peritos en ciertas áreas del conocimiento (problema 2). Quizá los juzgadores federales no tengan tantos problemas para designar al perito adecuado porque podrían contar con un cuerpo pericial a su alcance más robusto y profesional, pero el problema seguirá subsistiendo a nivel estatal. En mi opinión, tanto los propios tribunales como el poder ejecutivo (por medio de las fiscalías o la secretarías del trabajo, por ejemplo) tendrían que ocuparse ya en formar de algún modo a ciertos peritos (pienso sobre todo en los de informática forense, una especialidad que tendría que ser ya tan socorrida como la de grafoscopía o documentoscopía pero que sigue escaseando) o de generar presupuestos especiales para ello, aunque esto es quizá hasta más oneroso.
3. El desahogo de la prueba tendría que ser más punzante y acucioso. En muchos juicios, las partes ni siquiera cuestionan a los peritos (ya sea por ignorancia o porque no sirve de mucho al final), pero eso tendrá que modificarse gracias a los asesores-peritos. Así, los litigantes tendrán que colaborar más estrechamente con sus propios expertos. Por otro lado, los juzgadores tendrán que ser muy observadores y detallistas con los dictámenes y abandonar sus rigideces tradicionales para ser más permisivos con los cuestionamientos de las partes, pues solo mediante un “fuego cruzado” de buena calidad podrá generar convicción sobre la valía o no del dictamen en relación con lo que se pretenda acreditar.
Los anteriores son solo apenas algunos de los aspectos a los que hay que estar atentos. Seguramente, muchos otros seguirán surgiendo conforme los nuevos juicios vayan avanzando.
[Publicado originalmente el 15 de enero de 2021 aquí]